regimen ecologico de la constitucion politica de panamá
Régimen Ecológico en la Constitución Política de Panamá
La Constitución Política de Panamá, adoptada en 1972 y reformada en 1978, 1983 y 2004, es la norma suprema del país y establece los derechos y deberes de los ciudadanos, así como el marco de organización del Estado. En su artículo 5, la Constitución establece el deber del Estado de proteger el ambiente y los recursos naturales para garantizar el desarrollo sostenible y la calidad de vida de las generaciones presentes y futuras.
El Régimen Ecológico en la Constitución
El Régimen Ecológico es el conjunto de principios, normas y procedimientos que establece la Constitución para la protección y conservación del ambiente y los recursos naturales. El Régimen Ecológico se encuentra en el Título VIII de la Constitución, que consta de 15 artículos (del 333 al 347) y abarca aspectos como la gestión ambiental, el uso sostenible de los recursos naturales, la protección de la biodiversidad, el acceso a la información ambiental y la participación ciudadana en la toma de decisiones ambientales.
Principios del Régimen Ecológico
El Régimen Ecológico se basa en los siguientes principios:
- Principio de prevención: el daño ambiental debe prevenirse en su origen.
- Principio de precaución: cuando haya peligro de daño grave o irreversible, la falta de certeza científica no debe utilizarse como razón para postergar la adopción de medidas eficaces en función de los costos para prevenir el daño.
- Principio de responsabilidad: quien contamine o degrade el ambiente debe asumir los costos de la restauración o reparación.
- Principio de internalización de costos: los costos de la protección y conservación del ambiente deben internalizarse en los precios de los bienes y servicios que los generan.
- Principio de participación ciudadana: la ciudadanía tiene derecho a participar en la toma de decisiones ambientales y a acceder a la información ambiental.
Instituciones del Régimen Ecológico
El Régimen Ecológico establece las siguientes instituciones:
- Autoridad Nacional del Ambiente (ANAM): es el órgano rector de la gestión ambiental y tiene a su cargo la formulación, coordinación, ejecución y evaluación de la política ambiental nacional.
- Ministerio de Ambiente: es el órgano encargado de la gestión y protección del ambiente y los recursos naturales.
- Consejo Nacional del Medio Ambiente (CONAMA): es el órgano consultivo y asesor del órgano ejecutivo en materia ambiental y está integrado por representantes de la sociedad civil y el sector público.
Preguntas Frecuentes
¿Qué es el Régimen Ecológico?
El Régimen Ecológico es el conjunto de principios, normas y procedimientos que establece la Constitución para la protección y conservación del ambiente y los recursos naturales.
¿Qué establece el Régimen Ecológico en la Constitución?
El Régimen Ecológico establece el deber del Estado de proteger el ambiente y los recursos naturales para garantizar el desarrollo sostenible y la calidad de vida de las generaciones presentes y futuras.
¿Cuáles son los principios del Régimen Ecológico?
Los principios del Régimen Ecológico son la prevención, precaución, responsabilidad, internalización de costos, participación ciudadana y cooperación internacional.
¿Cuáles son las instituciones del Régimen Ecológico?
Las instituciones del Régimen Ecológico son la Autoridad Nacional del Ambiente (ANAM), el Ministerio de Ambiente y el Consejo Nacional del Medio Ambiente (CONAMA).
Conclusión
La Constitución Política de Panamá establece el Régimen Ecológico como el conjunto de principios, normas y procedimientos que garantizan la protección y conservación del ambiente y los recursos naturales. El Régimen Ecológico se basa en los principios de prevención, precaución, responsabilidad, internalización de costos, participación ciudadana y cooperación internacional. Las instituciones del Régimen Ecológico son la Autoridad Nacional del Ambiente (ANAM), el Ministerio de Ambiente y el Consejo Nacional del Medio Ambiente (CONAMA). El Régimen Ecológico es una herramienta fundamental para garantizar el desarrollo sostenible y la calidad de vida de las generaciones presentes y futuras.
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